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El error de salto en el tipo de retención por IRPF

Amadeo, soltero y sin hijos, que tiene un sueldo anual bruto de 14.400,00 euros, le corresponde un tipo de retención del 8,19%, con lo que su salario anual neto se quedará en 12.306,28 euros, después de descontar retenciones y cotizaciones a la Seguridad Social.
Zenón, soltero y sin hijos, que tiene un sueldo anual bruto de 14.435,00 euros, le corresponde un tipo de retención del 9,21%, con lo que su salario anual neto se quedará en 12.188,92 euros, después de descontar retenciones y cotizaciones a la Seguridad Social.
En resumen, a Zenón, que tiene un sueldo bruto 35 euros mayor que el de Amadeo, le llegan al bolsillo 117,36 euros menos (casi 10 euros menos cada mes). ¿Es posible? ¿Se puede dar este caso en la realidad? Sí, sin duda. ¿No hay trampa? No, no la hay… o casi.
¿Por qué se produce esta situación?
Durante el algoritmo de cálculo del tipo de retención, antes de llegar al porcentaje final definitivo, hay una operación de redondeo a número entero que produce este error de salto, con lo que una pequeña variación en las retribuciones puede provocar que el tipo de retención dé un salto de al menos un punto, tal y como ocurre en el caso de Amadeo y Zenón.
¿Y esta situación es definitiva o debería Zenón solicitar que le bajaran el sueldo? No. Ahí está la trampa. Esta situación se solventará cuando nuestros dos trabajadores hagan la declaración de la renta, cuyo cálculo no estará afectado por  ese redondeo, y liquiden su IRPF definitivo. Pero sólo entonces será cuando Zenón note en su bolsillo que gana más que Amadeo.
¿Ocurre siempre?
No, solamente cuando las matemáticas se portan de forma caprichosa. De hecho, en la mayoría de casos, los saltos en los tipos de retención entre un sueldo y otro son más suaves, por décimas y centésimas de punto.